Marco legal
de la investigación privada

Toda actuación de SEL se ajusta a la normativa vigente. Aquí puede comprobarlo.

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Por qué el marco legal importa antes de contratar

La investigación privada en España está regulada por ley. Solo los detectives privados con habilitación oficial pueden ejercerla, y solo dentro de unos límites concretos que protegen tanto al cliente como a las personas investigadas.

Contratar a un detective privado habilitado no es un detalle formal. Es la diferencia entre obtener información con valor probatorio y quedarse con datos que no sirven en juicio, o peor, que se han obtenido de forma ilícita.

Detective habilitado por el Ministerio del Interior · TIP 6973. RNSP 11860

Cuatro garantías que le ofrece
un detective habilitado

Habilitación oficial

TIP expedida por el Ministerio del Interior. Requiere titulación específica y superación de un proceso de acreditación.

Actuación conforme a ley

Toda investigación se ajusta a la Ley 5/2014 de Seguridad Privada y al respeto de los derechos fundamentales.

Validez judicial del informe

El informe se admite como medio de prueba en juicios civiles, laborales, mercantiles y penales.

Secreto profesional

Confidencialidad reforzada por ley, más estricta que la confidencialidad mercantil habitual.

La Ley 5/2014 de Seguridad Privada

La norma marco que regula toda la actividad de investigación privada en España: quién puede ejercer, cómo debe actuar y qué garantías ofrece al cliente.

  1. 01

    ¿Quién puede ejercer?

    Solo profesionales con título universitario en Investigación Privada y Tarjeta de Identidad Profesional (TIP) expedida por el Ministerio del Interior. La nuestra es la TIP 6973.

  2. 02

    ¿Qué puede investigar?

    Solo cuando existe un interés legítimo del cliente: proteger un derecho, verificar un hecho relevante o aportar pruebas a un procedimiento. Nunca por curiosidad.

  3. 03

    ¿Qué límites tiene?

    No se investiga dentro del domicilio, no se vulneran derechos fundamentales, no se accede a datos protegidos. Todo se obtiene desde lugares públicos o fuentes legalmente accesibles.

  4. 04

    Secreto profesional

    El artículo 25 protege la información del cliente con un secreto reforzado. Solo el cliente autoriza la difusión del informe, y solo la autoridad judicial puede requerirlo.

Trabajamos con la ley en la mano

Cada actuación queda documentada, cada informe se elabora para poder sostenerse en sede judicial. Cuente su caso y le explicaremos qué puede acreditarse y cómo.

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Validez del informe en sede judicial

El informe del detective privado habilitado es admisible como medio de prueba en los principales órdenes jurisdiccionales:

  • Jurisdicción civil y mercantil — Ley de Enjuiciamiento Civil.
  • Jurisdicción social — procedimientos ante el Juzgado de lo Social.
  • Jurisdicción penal — como prueba en denuncias por hurto, apropiación indebida y otros delitos económicos.
  • Jurisdicción contencioso-administrativa — en litigios con administraciones o compañías aseguradoras.

El Tribunal Supremo ha reiterado en su doctrina la validez de este medio de prueba, siempre que la investigación respete los derechos fundamentales de la persona investigada y se ajuste a criterios de proporcionalidad.

El detective privado que firma el informe comparece a ratificarlo en sede judicial cuando el procedimiento lo requiere.

Detective habilitado por el Ministerio del Interior · TIP 6973. RNSP 11860

Preguntas frecuentes

Marco legal del detective privado en Baleares — SEL Detectives Privados
  • Todo detective habilitado dispone de una Tarjeta de Identidad Profesional (TIP) expedida por el Ministerio del Interior. Puede solicitarla en cualquier reunión previa a contratar. En SEL nuestra TIP es la 6973. Si un supuesto detective no puede mostrar su TIP, no está habilitado y su informe no tendrá valor probatorio.

  • Es la razón concreta que justifica encargar una investigación: la necesidad de proteger un derecho, verificar un hecho relevante o aportar pruebas a un procedimiento. Sin interés legítimo, la investigación no es lícita. En la reunión inicial valoramos si su caso cumple este requisito antes de aceptar el encargo.

  • Un particular puede obtener información pero no tiene validez probatoria específica. El informe del detective habilitado sí, porque está firmado por un profesional acreditado, elaborado con metodología documentada y susceptible de ratificación en juicio. Además, obtener pruebas por medios no autorizados puede constituir una infracción o incluso un delito.

  • El artículo 25 de la Ley 5/2014 protege la identidad del cliente, el contenido del encargo y los resultados de la investigación. Nadie salvo el cliente puede autorizar la difusión del informe. Ni siquiera la propia autoridad puede requerirlo salvo mandato judicial expreso.

  • El informe incluye la identidad del detective firmante y su TIP, la metodología empleada, la cronología documentada, las pruebas obtenidas y su origen legal. El detective se ofrece a ratificar el informe en sede judicial, exponiendo verbalmente ante el tribunal cómo se obtuvieron los datos.

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